Diferencia entre revisiones de «Principios generales para la administración de las organizaciones del sector social y el desarrollo sostenible»

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https://www.buenosaires.gob.ar/procuracion-general/breve-estudio-de-los-principios-generales-del-derecho-y-de-los-principios Breve estudio de los principios generales del Derecho y de los principios generales del Derecho aplicables y surgidos del Derecho administrativo].
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Revisión actual del 00:49 26 mar 2021

Los principios son el origen o el fundamento de las normas, y participan de la idea de principalidad, que les otorga primacía frente a las restantes fuentes. Se fundan en el respeto de la persona humana o en la naturaleza misma de las cosas. Por ello, se ha destacado que todo principio lleva consigo la necesidad de su estricta observancia, a pesar de que su sentido o alcance no sea siempre uniforme.

En primer lugar, es importante tener en cuenta que son “principios”, por cuanto constituyen los soportes primarios estructurantes del sistema al que prestan su contenido, porque en todo sistema hay una gran cantidad de reglas generales, verdaderamente fundamentales, en el sentido de que a ellas pueden vincularse, de un modo directo o indirecto, una serie de soluciones expresas a la vez que pueden resolverse, mediante su aplicación, casos no previstos que dichas normas regulan implícitamente. En segundo lugar, “son reglas de carácter general”, porque trascienden un precepto concreto y no se confunden entonces con apreciaciones singulares o particulares. Dicha cualidad permite que tales principios puedan acomodarse mejor a la realidad, que se presenta siempre como nueva y cambiante. En tercer lugar, se trata de fórmulas técnicas y no de simples criterios, buenas intenciones o vagas directivas. A pesar de que no se presentan habitualmente con la estructura típica de una regla, ninguna duda puede existir acerca de que revisten el carácter de tal.

Sentado ello, podemos decir que los principios cumplen varias funciones distintas, pero articuladas entre sí y relativas a su esencia, a su valor preceptivo o a su alcance cognoscitivo para dilucidar el sentido de una norma o dar la razón de ella, y hasta para integrar nuevas formulaciones. Ciertamente, los principios se presentan en esencia ofreciendo solidez y confirmación a modo de solución, fecundando las reglas aisladas, ampliando el círculo de su eficiencia y aplicación, y creando nuevas reglas de solución.

En resumen, los principios constituyen el basamento en que se asienta y fundamenta el ordenamiento en general, la fuente perenne de renovación y reinvento, siendo sus funciones esenciales las siguientes:

1) Constituyen el fundamento del ordenamiento. No son la consecuencia del ordenamiento sino que, por el contrario, constituyen su fundamento.

2) Orientan la labor interpretativa de las normas.

3) Son fuente en caso de insuficiencia de norma y de costumbre.

La importancia de los principios es indiscutible en todos los campos, tomando en cuenta que no sólo suplen a las funciones, sino que son los que dan a éstas todo su sentido y presiden toda su interpretación.

Constituyen verdaderos cimientos que cumplen la triple función de servir como criterio de interpretación de las normas, de colmar las lagunas o vacíos normativos, y de constituir el medio más idóneo para asegurar la unidad dentro de la pluralidad de preceptos que se aplican en toda organización.

Por otra parte, ante la gran cantidad de reglas que existen, los principios se presentan como un elemento unificador, indispensable y necesario para poner orden y aportar claridad y seguridad en la aplicación e interpretación de las normas.

Sin embargo, esas funciones no se limitan exclusivamente a la interpretación e integración de normas o reglas, sino que los principios obran muchas veces como verdaderas garantías que se pueden invocar. Y en determinadas ocasiones, cumplen no ya la forma de compensar la desigualdad que trasunta una determinada posición, sino que implican medios de protección tendientes a impedir las arbitrariedades de los poderes, que lamentablemente muchas veces suelen matizar y caracterizar el proceso de toma de decisiones.

Principios generales de administración en el paradigma de la sustentabilidad y la regeneración

• Los principios son el conjunto de valores, creencias, normas, que orientan y regulan la vida de la organización.

• Los principios son el soporte de la visión, la misión, la estrategia y los objetivos estratégicos.

• Los principios se manifiestan y se hacen realidad en nuestra forma de ser, pensar y conducirnos, y en el pacto cultural de la organización.

En efecto, en el mundo de la administración, hay razones más específicas para asignar un valor más relevante que en otros sectores a la técnica de los principios. Ello se debe a que en las organizaciones se producen, necesariamente problemas de justicia o, si se prefiere, de ajuste entre situaciones, intereses y derechos. Si la organización –un sistema sociotécnico sujeto de relaciones jurídico-administrativas– tiene calidad para producir por sí misma normas, no será excepcional que en estas normas se sobrevaloren los intereses propios de la organización como sujeto.

Esto se ve mucho más acentuado en el actual paradigma de la sustentabilidad y la regeneración, en el que el rol de las organizaciones de la sociedad civil ha evolucionado y se ha complejizado. Para las ONGs, la creación de valor sostenible o integral implica un cambio muy profundo, que las obliga a refundarse, ya que este concepto que pone de manifiesto la necesidad de que todas las organizaciones, sean éstas sean públicas, privadas o sociales, tengan en cuenta las dimensiones ambiental, social, económica, y pública a la hora de crear valor, ya que las cuatro dimensiones están intrínsecamente ligadas. Ya no resulta suficiente con la caridad, ni con hacer el bien, ni con ocuparse de los más necesitados, también es necesario que tengan en cuenta los contenidos de una nueva agenda que, entre otras cosas, demanda el logro de verdaderos dividendos sociales, la confección de un balance social y operar a partir de la triple cuenta de resultados, manteniendo su misión de crear valor social, pero sin descuidar la creación de valor público, ambiental, económico y eco espiritual cívico-ciudadano.

Las organizaciones de la sociedad civil también deben incorporar a la ya probada gestión por objetivos, la gestión por subjetivos, que se concentra en la forma en la que se alcanzan los objetivos y suma a los procesos de toma de decisiones una serie de preceptos o ejes que conforman el modelo de gestión sostenible, contribuyendo no sólo a que aumenten los niveles de sostenibilidad de la organización, sino también de la sociedad en su conjunto.

En este sentido, pero de manera muy particular, el proceso de toma de decisiones de la gestión sostenible, se constituye necesariamente sobre un sistema de principios generales inspirados en el paradigma de la sustentabilidad y la regeneración que no sólo suplen las fuentes escritas y no escritas, sino que son las que le dan a éstas todo su sentido, unidad, y presiden toda su interpretación. Entre dichos principios podemos señalar:

Principio de realidad

Principio de razonabilidad

Principio de proporcionalidad

Principio de benevolencia y no maleficencia

Principio de responsabilidad diferenciada

Principio de ejemplaridad

Principio de prevención

Estos principios son la fuente natural del principio de legitimidad. Por ende, no cabe en su sentir prescindir de los principios porque ellos constituyen esa permanente e inagotable cantera adonde cada una de las partes interesadas va a nutrirse de los materiales que necesitan para restaurar el orden organizacional. Por último, la posición del management está en buena parte construida sobre las llamadas potestades discrecionales, que suponen en alguna medida algún grado de libertad respecto de las normas vigentes. A su vez, el sistema de los principios se hace inevitable para que esa libertad no se traduzca en capricho o arbitrariedad pura y simple.

Al respecto, pueden mencionarse como principios fundamentales aplicables a la correcta administración de las organizaciones, los siguientes:

1. El principio del interés general: Ciertamente, la orientación de toda actividad debe ser consecución del interés general. Su actuación deberá estar presidida por la supremacía del bien común y del interés colectivo sobre los intereses individuales. El interés privado debe ceder ante el interés público o social.

2. El principio de la separación de poderes: Este principio pretende, esencialmente, la distribución del poder dentro de la organización a través de órganos internos o ramas con funciones específicas y limitadas para cada una de ellas.

3. El principio de legalidad: Es el que establece que toda la actividad de la organización debe ceñirse a un ordenamiento jurídico rigurosamente jerarquizado. Asimismo, el sistema legal prevé un conjunto de mecanismos jurídicos tendientes a organizarlo.

4. El principio de descentralización: No es posible pensar en una organización moderna sin pensar al mismo tiempo en una distribución de funciones. La descentralización a su vez se va tornando en una imperiosa exigencia de la organización social moderna en la medida en que la complejidad y el crecimiento se acrecientan.

5. El principio de moralidad: Para conseguir sus fines la organización debe obrar dentro de una rigurosa ética. En desarrollo de este principio y en defensa de la moralidad, presenta un conjunto de disposiciones relativas a deberes de los ejecutivos, funcionarios, responsabilidades, incompatibilidades, inhabilidades, etc.

6. El principio de economía: En virtud de este principio las decisiones de la organización se deben tomar con la mayor agilidad y en el menor plazo posible.

7. El principio de celeridad: La organización tiene el deber de impulsar oficiosamente los procedimientos iniciados.

8. El principio de eficacia: Es el que establece que los procedimientos que se pongan en marcha para las diferentes actividades que desarrolla la organización deben lograr su finalidad, removiendo obstáculos puramente formales y evitando decisiones inhibitorias.

9. El principio de imparcialidad: La organización debe garantizar los derechos de todas las personas involucradas en su accionar sin ningún tipo de discriminación.

10. El principio de publicidad: La organización debe dar a conocer sus decisiones mediante las notificaciones o publicaciones ordenadas en la ley.

11. El principio de contradicción: Otorga a las partes interesadas el derecho a conocer y a controvertir las decisiones a la administración.

12. El principio de jerarquía: Los poderes de las autoridades de la organización varían en razón directa de sus funciones y responsabilidades.

13. El principio de especialidad: Los miembros de la organización tienen objetivos propios de los cuales no deberán apartarse.

14. El principio de presunción de la veracidad: Los actos realizados por la organización se presumen verdaderos, salvo prueba en contrario.

15. El principio de proporcionalidad: El citado principio consiste esencialmente en una prohibición de exceso por parte de la organización, en una relación adecuada y no desproporcionada entre el fin perseguido y los instrumentos empleados para su alcance, en el hecho de que las restricciones deben ser estrictamente necesarias. Dicho principio representa una escala de medibilidad, un punto de equilibrio y racionalidad necesario.

16. El principio de interdicción de la arbitrariedad: La arbitrariedad se manifiesta en casos de irracionalidad o de no razonable previsibilidad de la decisión y de modo especial cuando se produce la existencia de contradicciones internas, o falta de sinceridad de los argumentos aportados. Una decisión es racional si fue tomada de tal forma que una persona pudiera conocer, aproximadamente, los mismos elementos que conoce la persona que decide realmente, pudiendo prever el contenido de la decisión. Es arbitrario y, por lo tanto constitucionalmente prohibido, todo aquello que es o se presenta como carente de fundamentación objetiva, como incongruente o contradictorio con la realidad que debe servir de base a toda decisión, como desprendido de o ajeno a toda razón capaz de explicarlo.

Conclusiones

Los principios generales de administración revisten una importancia fundamental en toda organización, ya que ellos tienden a facilitar la injerencia de las normas y disposiciones, colman las lagunas que en los mismos siempre existen y ayudan a encontrar nuevas soluciones a los nuevos y variados problemas que la realidad y el mundo actual nos presenta, en orden a los valores superiores que en esencia se caracterizan por colocar en el centro de su ser la dignidad de toda persona humana, y el fomento y mayor respeto de sus derechos y libertades fundamentales, así como también el respeto por los derechos de la naturaleza y los seres vivos.

Sin embargo y como hemos visto, la importancia y trascendencia de dichos principios resulta especialmente relevante en el campo de la administración, debido a que los mismos no solamente cumplen muy bien las diversas funciones que antes hemos indicado, sino que a la vez se presentan como un elemento indispensable para lograr la unidad de sus previsiones, lograr homogeneizar ideas donde a veces en verdad resulta muy complicado que esto suceda, luchar contra las posibles arbitrariedades del poder, y como un elemento informador sustancial que colabora y ayuda de modo evidente para lograr el tan mentado equilibrio que debe existir y por el cual debemos luchar, entre las prerrogativas del poder administrador y las facultades y derechos de las partes interesadas, y que como sabemos constituye la razón de ser y el objetivo fundamental de toda correcta administración.

Ciertamente, estos principios generales de administración tales como los que hemos tratado de enunciar muy someramente, constituyen herramientas indispensables que no podemos dejar de lado a la hora de analizar la administración de las organizaciones de nueva generación, para perfeccionarlas y mejorarlas, lograr corregir sus posibles deficiencias y solucionar sus muchos problemas, dinamizarlas y adaptarlas a las nuevas necesidades, y prepararnos para enfrentar con real solvencia las nuevas pruebas que los cambios de la realidad y el futuro nos deparan, siempre en miras de resguardar debida y adecuadamente los intereses generales de la organización en su conjunto y los derechos y facultades de las partes interesadas, y en pos siempre de buscar para cada caso concreto y en particular soluciones justas y equitativas.

Para más información

Breve estudio de los principios generales del Derecho y de los principios generales del Derecho aplicables y surgidos del Derecho administrativo.