Igualdad y equidad

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¿Qué es igualdad? La igualdad es un principio que implica el trato homogéneo para todas las personas, independientemente de sus características o circunstancias. La igualdad está consagrada como un derecho humano, tal y como se establece en la Declaración Universal de los Derechos Humanos creada y difundida por las Naciones Unidas en 1948. Con esta declaración, los Estados se comprometen a darles a sus ciudadanos un trato igualitario ante las leyes, tanto para acceder a sus derechos como para cumplir sus obligaciones. ¿Qué es equidad? La equidad es la capacidad de administrar justicia de forma imparcial, pero considerando las particularidades de cada caso para evitar sanciones poco equitativas o injustas. También puede entenderse como la capacidad para aplicar la misma norma a todos los individuos, teniendo en cuenta sus circunstancias personales. La diferencia entre igualdad y equidad es que con la igualdad la justicia se aplica a todos los ciudadanos de manera uniforme, mientras que en la equidad se pueden hacer excepciones, siempre y cuando no se comprometa el sentido de imparcialidad. Igualdad Equidad Tipos • Igualdad de género. • Igualdad social. • Igualdad de oportunidades. • Equidad de género. • Equidad social. Ejemplo • Derechos humanos. • Derecho al voto femenino. • Licencias de paternidad. • Acondicionamiento de espacios públicos para personas con discapacidades físicas o intelectuales. Igualdad de género La igualdad de género contempla que hombres y mujeres tienen los mismos derechos, en tanto son iguales ante la ley. Por lo tanto, no deberían existir brechas o diferencias basadas en el género para tener acceso a las oportunidades. Este concepto se sustenta en el derecho a la igualdad y no discriminación contemplado en los Derechos Humanos, pero también está asentado y ampliado en otros documentos: • La Convención de los Derechos Políticos de las Mujeres (1954). • La Convención sobre la Eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (1979). Igualdad de oportunidades La igualdad de oportunidades plantea que todos los seres humanos deberían tener las mismas oportunidades para desarrollarse de forma integral. En la práctica es un poco más difícil de ejercer porque las desigualdades sociales impiden partir de una base común. Sin embargo, los Estados deben subsanar estas brechas con el acceso a la educación y la salud gratuitas, entre otros derechos. Igualdad social Se refiere al goce de derechos civiles, económicos, políticos y jurídicos de todos los ciudadanos. En otras palabras, la igualdad social es la garantía de que todas las personas tengan acceso a sus derechos fundamentales Ver también: • Diferencia entre derechos humanos y derechos fundamentales. • Diferencia entre derechos y obligaciones. • Diferencia entre derechos humanos y garantías individuales. Equidad de género Se refiere al trato imparcial entre hombres y mujeres. Para lograrlo, el trato puede ser equitativo (considerados como iguales) o diferenciado (tomando en cuenta sus diferencias). Lo importante es que el resultado de dicha acción debe ser equivalente para ambos géneros en cuanto a los derechos, beneficios y obligaciones. Cuando se aplica este enfoque se intentan resolver desequilibrios de larga data en el acceso a los derechos y oportunidades basados en el género, por lo cual se plantean acciones concretas para subsanar estas desventajas. Por ejemplo, el derecho al voto femenino es una medida que contribuye con la equidad de género. Ver también: • Tipos de feminismo. Equidad social La equidad social son las medidas que se toman para garantizar que todas las personas tengan acceso a las mismas oportunidades, considerando sus circunstancias. Por ejemplo, todos los niños tienen derecho a acceder al sistema educativo porque se consideran iguales ante la ley. Sin embargo, en la práctica, los niños de las zonas rurales remotas no siempre pueden ir a la escuela. El Estado debe entonces garantizar los medios para que puedan acceder a ese derecho. La construcción de una escuela en una zona cercana, el acceso al transporte o la construcción de carreteras son medidas que permiten el disfrute de ese derecho en igualdad de condiciones que otros niños. Igualdad y equidad de género Aunque igualdad y equidad de género suelen usarse como sinónimos, ambos términos tienen diferentes alcances. La diferencia entre igualdad de género y equidad de género es que la primera es una disposición que deriva de un derecho humano, mientras que la equidad de género es una consideración de carácter ético con la que se intenta aplicar medidas que corrijan el desequilibrio histórico entre los géneros. Por lo tanto, podría decirse que la igualdad de género es el ideal, y la equidad de género son las acciones que se llevan a cabo para garantizar el cumplimiento de ese derecho. Contexto histórico de la igualdad y la equidad Las implicaciones que se desprenden de cada uno de los principios de igualdad y equidad son distintas, y no podemos asimilarlas la uno a la otra; no obstante, ambas son dimensiones de la justicia social. En la historia, en la lucha por los derechos humanos, hubo un momento en que la igualdad fue el discurso, perspectiva y medida prioritaria. Las luchas sociales se desataban para obtener igualdad social, que no obstante se plasmó en una igualdad formal, mientras que la igualdad real se concretó muy difícilmente. En una etapa más reciente, hemos sido testigos de cómo un vacío e inocuo discurso de equidad ha sustituido a la igualdad, y esto ha dado lugar a que grupos, comunidades y Estados justifiquen discriminaciones e incumplimientos de derechos. Según el sociólogo chileno Manuel Antonio Garretón: “En tanto la equidad apunta a la igualdad de oportunidades individuales para la satisfacción de un conjunto de necesidades básicas o aspiraciones definidas socialmente, la igualdad apunta a la distancia entre categorías sociales respecto del poder y la riqueza, o si se quiere del acceso de instrumentos que determinan el poder sobre lo personal y el entorno. Una sociedad puede ser a la vez equitativa y desigual” (Garretón, 2000). Pero también al revés, alguna medida puede ser igualitaria, pero no necesariamente equitativa. La equidad significa que cada uno recibe lo que le corresponde o lo que merece. La igualdad, en cambio, implica recibir el mismo trato sin considerar las diferencias. Igualdad es tener los mismos derechos ante la ley; el derecho humano a la igualdad siempre va aparejado a la no discriminación. Sin embargo, el trato desigual no implica siempre injusticia, sino que puede significar una acción preferencial y compensatoria para el/la que menos tiene, para el/la discriminado históricamente. La equidad introduce un principio de justicia a la igualdad. No obstante, no puede existir una perspectiva de equidad, si antes no instalamos la idea de la igualdad. Bien nos dice la filósofa española Amelia Varcárcel: “La igualdad es ética y la equidad es política”. Por ello, precisamente, no podemos prescindir de ninguna de las dos.

Una mirada desde el feminismo

¿Cuáles son las diferencias entre el principio de equidad e y el principio de igualdad? ¿Hay alguno que sea mejor que el otro?

Ante estas preguntas, la respuesta que ha predominado específicamente en América Latina es la de hablar sobre equidad como un concepto mucho más amplio que la igualdad. Esta visión se ve claramente reflejada en la imagen que muestra a tres personas en un campo de béisbol enfrente de una cerca. En el lado de igualdad se les pone una base de igual tamaño a todos. En cambio, en el lado de equidad se ponen las bases que cada quién necesita para ver a través de la cerca. En resumen: bajo esta visión, equidad significa darle a cada persona lo que necesita de acuerdo a su contexto, mientras que igualdad significa darle a todas las personas lo mismo.


Sin embargo, esta postura y definiciones no son compatibles con lo que establece el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, el Sistema de Naciones Unidas, la CEDAW (Convención para la Eliminación de la Discriminación en contra de las Mujeres) y todos los instrumentos internacionales de derechos humanos, los cuales establecen que se debe hablar de igualdad de género siempre, y que el derecho humano que tenemos todas las personas es el de igualdad, no el de equidad. A pesar de que hablar de por qué consideramos que se debe usar igualdad y no equidad podría parecer simplemente una discusión sobre terminología irrelevante, nos parece que es importante principalmente por cuatro razones:

1. Por el Derecho a la igualdad y no discriminación El derecho humano a la igualdad se encuentra unido al derecho a la no discriminación ya que, como establece Alda Facio, de acuerdo con el artículo 1° de la CEDAW y con la teoría de los derechos humanos sólo habrá igualdad cuando no exista ningún tipo de discriminación directa o indirecta contra las mujeres tanto en el ámbito privado como público. En contraste, no existen criterios específicos para medir o evaluar objetivamente cuándo hay equidad ya que, de acuerdo con Onumujeres, “es un principio ético-normativo asociado a la idea de justicia que busca cubrir las necesidades e intereses de personas que son diferentes, especialmente de aquellas que están en desventaja, en función de la idea de justicia que se tenga y haya sido socialmente adoptada”. Por lo tanto, dependerá de la idea que cada quién tenga y no habrá un estándar específico, como en el caso de la no discriminación.

2. Por la Obligación de los Estados respecto a la igualdad Dentro del sistema de Naciones Unidas existen 8 órganos que supervisan la aplicación de los tratados de derechos humanos de los que los Estados son parte. Las obligaciones que los Estados tienen son respecto a la promoción, respeto, protección y garantía los derechos humanos que estos tratados reconocen; en este caso, el derecho a la igualdad y la no discriminación. Específicamente hablando de la CEDAW, que es el instrumento internacional más amplio en materia de los derechos de las mujeres y que tiene un carácter vinculante para los Estados que la han ratificado, existe para los Estados una doble obligación tanto inmediata como progresiva respecto a eliminar la discriminación en contra de las mujeres en el ámbito público y privado, y asegurar la igualdad a través de la implementación de medidas judiciales, legislativas, administrativas o de cualquier otra índole que sean específicas y concretas. El cumplimiento de estas obligaciones es monitoreado por el Comité CEDAW a través de la emisión de observaciones y recomendaciones puntuales a los informes que presentan regularmente los Estados sobre sus avances en la implementación de la Convención para la Eliminación de la Discriminación en contra de las Mujeres. Por su parte, no existe ninguna obligación internacional ni monitoreo respecto a la equidad. Asimismo, este concepto no exige la eliminación de las desigualdades y de la discriminación en contra de las mujeres ya que es un criterio subjetivo.

3. Por la historia del término equidad

Resulta necesario hablar sobre el origen de la confusión entre los términos de equidad e igualdad. De acuerdo con este paper, el debate inició en los meses previos y durante la IV Conferencia Mundial sobre la Mujer que se realizó en Beijing en 1995. Ahí, quienes inicialmente propusieron sustituir el término igualdad por el de equidad fueron el Vaticano, grupos fundamentalistas Islámicos y seguidores de éstos en América Latina. El objetivo de estos grupos era anular las obligaciones que tenían los Estados respecto a los tratados internacionales de derechos humanos sustituyendo este término por equidad. A pesar de que el término que prevaleció fue el de igualdad, este fue el inicio del uso de equidad por muchos grupos de la sociedad civil en América Latina. Por lo tanto, dado que el origen del término equidad fue desde el ala conservadora y con el fin de atacar los derechos de las mujeres, utilizarlo refuerza la confusión sobre equidad e igualdad y anula las obligaciones de los Estados respecto a nuestros derechos humanos.

4. Por la igualdad sustantiva La igualdad sustantiva es un concepto que se encuentra definido en la Recomendación General N° 25 del Comité CEDAW y se refiere a que la obligación de los Estados respecto a la igualdad va más allá de la igualdad formal e incluye la necesidad de que las mujeres tengamos las mismas oportunidades desde un primer momento y dispongamos de un entorno que nos permita conseguir la igualdad de resultados. Por lo tanto, este concepto toma en cuenta el contexto de desigualdad del que las mujeres partimos siempre. Puntualmente el concepto de igualdad sustantiva contrasta con la noción sobre equidad de la imagen de la cerca de la que hablábamos previamente, ya que en realidad igualdad sustantiva se refiere específicamente a lo que en ese dibujo es considerado como equidad. Por lo que la definición que hace referencia a la igualdad como un concepto que no toma en cuenta el contexto dentro de un marco de derechos humanos es errónea. El concepto formal y legal de la igualdad puede parecer difícil, poco significativo y alejado, pero si queremos hablar de derechos humanos y reconocer el largo camino que desde el feminismo hemos tenido que recorrer dentro y fuera del sistema internacional para lograr el reconocimiento de nuestros derechos, necesitamos hablar de igualdad y no de equidad. Quizás puede ser un cambio simplemente simbólico, pero abona a la larga lucha que aún tenemos que dar desde nuestra trinchera y desde otras por los derechos de las mujeres. Sigamos hablando sobre feminismo, sobre los casos de violaciones a derechos humanos de las mujeres, exigiendo justicia y señalando toda la discriminación que vivimos en la esfera política, económica, cultural, social y personal (entre muchas otras) y todo lo que nos falta para lograr IGUALDAD para todas.