Principio de autodeterminación, autonomía y emancipación

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Derecho de autodeterminación

El derecho de libre determinación de los pueblos o derecho de autodeterminación es el derecho de un pueblo a decidir sus propias formas de gobierno, perseguir su desarrollo económico, social y cultural, y estructurarse libremente, sin injerencias externas y de acuerdo con el principio de igualdad.

La libre determinación está recogida en algunos de los documentos internacionales más importantes, como la Carta de las Naciones Unidas y los Pactos Internacionales de Derechos Humanos. También numerosas resoluciones de la Asamblea General de la ONU hacen referencia a este principio.

Es un principio fundamental del derecho internacional público y un derecho de los pueblos, que tiene carácter inalienable y genera obligaciones erga omnes para los Estados. Incluso, de acuerdo con muchos autores, la libre determinación ha devenido norma de ius cogens.

El concepto de libre determinación tiene una gran fuerza y un carácter especialmente polémico. El Comité de Derechos Humanos ha puesto de manifiesto su naturaleza fundamental al señalar que es requisito necesario para la plena efectividad de los derechos humanos individuales. Pero su mención en el discurso político contemporáneo puede levantar temores de desestabilización, incluso violenta; también se ha asociado con posiciones políticas extremistas y chauvinismos étnicos.

El principio no se vincula exclusivamente con el nacionalismo. El marxismo, por ejemplo, define la libre determinación como el fundamento para el derecho del proletariado para autogobernarse. La Revolución Francesa se considera un paradigma básico de cómo el pueblo derrocó a la monarquía y a la aristocracia en el poder, y estableció un régimen republicano donde el pueblo se gobernaría a sí mismo.

Esta multiplicidad de sentidos se deriva de que la libre determinación está estrechamente ligada al término “pueblo”, que es a su vez problemático y que no ofrece un único significado. Por el contrario, tanto la doctrina como los Estados u otros agentes internacionales han tratado de hacer valer sus respectivas concepciones.

A partir de 1960, la definición de los pueblos coloniales como sujetos de la libre determinación supuso un impulso esencial para la descolonización y colaboró en una auténtica universalización de la sociedad internacional. Una concepción mayoritariamente occidental considera también “pueblo” al conjunto de habitantes de un Estado unitariamente considerado, mientras que diversas minorías nacionales o pueblos indígenas dentro de Estados se han autodefinido como pueblos. Sus reivindicaciones ponen de manifiesto la tensión y los conflictos que existen entre el derecho de libre determinación de los pueblos y la integridad territorial de los Estados.

Por otra parte, el derecho de autodeterminación no se articula exclusivamente con la fórmula de la independencia, sino que tal como aseguró la Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos, puede articularse en "independencia, autogobierno, gobierno local, federalismo, confederalismo, unitarismo o cualquier otra forma de relación, conforme a las aspiraciones del pueblo, pero reconociendo los otros principios establecidos, como la soberanía e integridad territorial"

Autonomía

Autonomía proviene del vocablo latín auto que significa “uno mismo” y nomos, que quiere decir “norma”. Esto nos indica que la autonomía es la capacidad que tiene una persona o entidad de establecer sus propias normas y regirse por ellas a la hora de tomar decisiones.

Cuando hablamos de autonomía personal nos referimos al derecho que tiene cada individuo a tomar sus propias decisiones en cada aspecto de su vida cotidiana. Además de eso, la persona está consciente de lo que es correcto o no y por lo tanto debe asumir las consecuencias de lo que ha decidido.

La autonomía de la voluntad se refiere a ciertos aspectos legales, es decir, es la capacidad que tienen las personas de regular libremente sus intereses, de acuerdo a aquellos aspectos importantes de la vida cotidiana del individuo. Esta autonomía implica dos tipos de normas: las dispositivas y las imperativas (normas de cumplimiento obligatorio).

Finalmente, encontramos el término de autonomía universitaria, la cual es aceptada por muchos países y consiste en tener una independencia política y administrativa de una universidad pública en relación a factores externos. La autonomía universitaria elige su propio reglamento y programas de estudios sin ninguna intromisión del poder político.

La autonomía geográfica, refiere a un territorio con capacidades de autogobierno al margen del gobierno central y con competencias específicas propias. Puede tratarse de un departamento, una comunidad, o una ciudad con división político-administrativa.

Autonomía y filosofía

La autonomía encarna el problema de cómo se comporta la persona ante sí misma y la sociedad. Se ha estudiado tradicionalmente en filosofía bajo el binomio libertad-responsabilidad, de manera que su opuesto sería el binomio determinismo-libertad. Los análisis sobre la libertad (o libre albedrío, como se denomina dentro de la tradición cristiana) recorren la historia de la filosofía desde sus inicios, y cobran especial importancia a partir de la introducción de la noción de pecado durante la expansión del cristianismo. Eso explica que la cuestión de la libertad no haya sido analizada con el mismo rigor en la antigüedad que durante las épocas posteriores.

Autonomía y psicología

La autonomía, desde la perspectiva de la psicología, expresa la capacidad para darse reglas a uno mismo o tomar decisiones sin intervención ni influencia externa. Este concepto abarca una serie de características y elementos referentes con la autogestión personal. Entre esos elementos tenemos la autoestima, la actitud positiva ante la vida, el análisis correcto de las normas sociales y la autosuficiencia.

El psicólogo y biólogo Jean Piaget estudió el desarrollo cognitivo de los niños analizándolos durante sus juegos y mediante entrevistas, estableciendo (entre otros principios) que el proceso de maduración moral de los niños se produce en dos fases, la primera de heteronomía y la segunda de autonomía:

● Razonamiento heterónomo: las reglas son objetivas e invariables. Deben cumplirse literalmente, porque la autoridad lo ordena, y no caben excepciones ni discusiones. La base de la norma es la autoridad superior (padres, adultos, el Estado), que no debe dar razón de las normas impuestas ni debe cumplirlas. Existe una tendencia demostrada a las sanciones expiatorias y a identificar el error como una falta, así como a la búsqueda indiscriminada de un culpable (porque una falta no puede quedar sin castigo), de manera que es admisible el castigo del grupo si el culpable no aparece. Además, las circunstancias pueden llegar a castigar al culpable.

● Razonamiento autónomo: las reglas son producto de un acuerdo y, por lo tanto, son modificables. Se pueden someter a interpretación y caben excepciones y objeciones. La base de la norma es la propia aceptación, y su sentido debe ser explicado. Las sanciones deben ser proporcionales a la falta, asumiéndose que en ocasiones las ofensas pueden quedar impunes, de manera que el castigo colectivo es inadmisible si no se encuentra al culpable. Las circunstancias no pueden castigar a un culpable.

Emancipación

La emancipación se refiere a toda aquella acción que permite a una persona o a un grupo de personas acceder a un estado de autonomía por cese de la sujeción a alguna autoridad o potestad, como por ejemplo, la emancipación femenina, o la emancipación de las colonias al momento de acceder a su independencia.

Se señala como antecedente histórico de la emancipación a la institución romana de la venia aetatis, que era concedida por el emperador a los varones mayores de veinte años, por virtud de la cual esos menores de edad disfrutaban de una capacidad semiplena, que les permitía disponer de sus bienes muebles pero que no les autorizaba para hacer una donación o enajenarlos, sino hasta que alcanzaran la mayoría de edad, que en Roma empezaba a los veinticinco años de edad.

Significados para el derecho

En el derecho romano, la emancipación era el acto de liberación de un esclavo por voluntad de su dueño. Hay que tener en cuenta que en el derecho romano el esclavo no era considerado como una persona, sino como una cosa.

Es fundamental decir que, en la época contemporánea, la emancipación se daba más pronto que en la época romana, porque el ejercicio de la autonomía se daba en una edad más temprana. Sin embargo, actualmente, el ejercicio natural de este derecho ha cambiado (tal vez por causas económicas, o por otras razones) y la edad de emanciparse se produce a una edad mayor.

En el derecho contemporáneo, el término se usa específicamente en el sentido de atribución a un menor de edad por parte de sus padres o tutores la totalidad o la mayor parte de los derechos y facultades civiles, que normalmente conlleva la mayoría de edad. Asimismo, algunas legislaciones conceden la mayoría legal al menor de edad que contrae matrimonio.

Las causas de la emancipación pueden ser varias:

Emancipación automática: Por mayoría de edad. Cuando el sujeto cumple la edad establecida en la ley para tener plena capacidad.

Emancipación a instancia de parte: Por un acta autorizante del padre (concesión paterna). Mediante acuerdo bilateral padre-hijo.

Por sentencia judicial (concesión judicial): Proceso voluntario iniciado a instancia del hijo.

Emancipación fáctica: Cuando el menor tiene vida económica independiente y los padres dan su consentimiento, aunque puede ser revocada.

Las pedagogías emancipadoras

Se conoce como pedagogías emancipadoras a las corrientes de pensamiento, miradas teóricas, proyectos y formas de enseñanza que, fundadas sobre una mirada crítica al método implementado por el sistema educativo moderno que apuesta a la reproducción e institucionalización de las relaciones sociales, implementan iniciativas pedagógico-didácticas orientadas a incidir en lo educativo con miras a la transformación del orden social vigente.

Esta propuesta, desde una perspectiva histórica pasa por:

• Formar para la soberanía cognitiva (entendida como capacidad de pensar con nosotros mismos).

• Desplegar todos los aspectos de la personalidad (saber pensar, saber decir, saber sentir, saber hacer, saber convivir).

• Educar gobernantes y productores libres.

Para ello, una parte fundamental tiene que ver con la construcción de una práctica pedagógica reflexiva, con docentes investigadores que construyan conocimiento y que produzcan nuevas conceptualizaciones que profundicen la imbricación de teoría y práctica. Es importante reformular el papel del docente, hacerlo agente de diálogo desde múltiples culturas, generadores de nuevo conocimiento y productor de nuevas propuestas pedagógicas.