Abstención

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Definición RAE: Del lat. tardío abstentio, -ōnis.

1. f. Acción y efecto de abstenerse.

2. f. Der. En los procedimientos judiciales o administrativos, acto mediante el cual la autoridad o el funcionario llamado a resolver un asunto se aparta de su conocimiento por tener alguna relación con el objeto de aquel o con las partes que intervienen.

La abstención consiste en privarse total o parcialmente de satisfacer los apetitos, sobre todo los de la gula y la lujuria. Supone frenar los deleites que atraen al alma hacia ellos de un modo excesivo y pueden apartarnos del bien de la razón o resultar perjudiciales.

La abstinencia implica templanza y moderación, y son valores que nos reconcilian con nuestra humanidad, con nuestra capacidad para tomar buenas decisiones, sin renunciar a lo bello, bueno y placentero de la vida.

Apelan a mantenernos en el justo medio, y son prácticas que deben realizarse por un motivo conveniente, de forma voluntaria y con alegría de espíritu.

Beneficios de la abstención

-Ayuda a practicar la templanza y la moderación

-Permite tomar buenas decisiones

-Pone a salvo de los excesos

-Propicia el autocontrol

-Trae alegría al espíritu

Abstención en ciencia política

Abstención en ciencia política es el acto por el cual un potencial votante en unas elecciones decide no ejercer su derecho al voto, ya sea en unas elecciones generales o si, en un procedimiento parlamentario, el representante está presente en la votación, pero no vota. En ambos casos, el sujeto se atiene al resultado del voto de los electores que sí votaron, al igual que ocurre con el voto en blanco.

Aunque la abstención no suele considerarse una de las opciones ante la toma colectiva de una decisión, una alta abstención se considera generalmente como beligerante o indiferente entre el cuerpo de votantes. Si la abstención se generaliza se pierde el bien público de la democracia. Ello es así porque los órganos representativos se instalan legalmente con independencia de la participación ciudadana en las elecciones. Esa es una de las razones por las que en ocasiones la ley establece el sufragio obligatorio. En ocasiones, el carácter político de la abstención se ve reforzado si es necesario un determinado cuórum (porcentaje de votantes efectivos sobre el total del cuerpo electoral) para dar validez al resultado.

Tipología

Los primeros estudios sobre la abstención como práctica política establecían distinciones de votantes por la razón que ellos mismos daban para no acudir a votar. Más tarde, los diferentes autores han ido distinguiendo principalmente dos tipos de abstención, una voluntaria y otra involuntaria, y dentro del primer tipo, una subdivisión que incluyera una abstención con significación política, que se denominaría activa.

La tipología más generalmente aceptada parte de esa subdivisión para distinguir dos tipos de abstención:

  • Abstención pasiva o sociológica: provocada por la propia falta de interés en la política en general o en la elección concreta que se dirime, o derivada del aislamiento geográfico o social del votante.
  •  Abstención activa o ideológica: considerada como un acto político de rechazo a la legitimidad del sistema político. En este último caso en ocasiones se considera como abstencionistas también a los votantes que emiten voto en blanco o nulo ​ Este último caso especialmente cuando desde una formación política o un sector social se propugna la no participación en una consulta popular como una postura política de protesta, incluso solicitando realizar para ello voto nulo.

Abstención activa

La abstención activa o abstención política, como se ha dicho, es uno de los posibles posicionamientos o posturas políticas ante una consulta popular. Consiste en la renuncia a ejercer el derecho al voto en vez de optar por las opciones que suponen la participación en la consulta con un objetivo definido: el voto afirmativo o negativo (en el caso de un referéndum); ​ o el voto por una u otra de las candidaturas (en el caso de unas elecciones).

A veces también se preconizan otras posibilidades de utilización del voto que no deben incluirse en esta abstención activa: el voto en blanco o el voto nulo (este último no se contabiliza como voto válido, pero implica, como el blanco, acudir al acto de la votación, y votar, jamás puede ser igual a abstenerse).

La abstención activa se entiende como una postura de protesta, y como una acción política, ya sea frente a una elección en particular, el sistema político en general o una situación de falta de garantías democráticas. La abstención tiene mayor significación política en los sistemas en que el voto es obligatorio.

Abstención técnica

La abstención total incluye denominada abstención técnica, o forzosa (que estaría incluida dentro de la abstención pasiva), en la que el elector no ejerce su derecho por razones más allá de su voluntad, que incluirían los defectos en el censo electoral, la enfermedad o incapacidad del votante, el aislamiento del centro electoral en el que debería depositar su voto, o en el caso de encontrarse de viaje y no ejercer su voto por correo. Algunos de esos factores tienden a reducir su importancia, en particular debido a la extensión de infraestructuras y la progresiva informatización de los procesos electorales, así como a programas específicos de ayuda a votantes con dificultad para ejercer su derecho al voto. En todo caso, la abstención técnica se ve aumentada en aquellos sistemas o votaciones en que el registro previo de cada votante para figurar en el censo de la elección es voluntario. ​

Algunos autores llegan a cifrar la abstención técnica en el entorno del 10% del censo. En todo caso, más allá de estimaciones, no es posible distinguir quiénes no han acudido a votar por una razón política, por una razón técnica o por desentendimiento, desencanto o temor en los casos de violencia.